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Allanamientos e incautaciones

Es importante precisar que tanto el allanamiento como la incautación son medidas que invaden derechos de las personas, ya que mediante el allanamiento se ingresa a un espacio muy reservado de las personas que puede ser su domicilio por ejemplo y la incautación es la desposesión de un bien que está bajo la custodia de la persona.

Tanto la allanamiento y la incautación van de la mano, porque el allanamiento permite ingresar a buscar a un domicilio u oficina por ejemplo, y la incautación te legitima incautar o llevarte los bienes, que sirven de prueba, del lugar allanado.

La finalidad tanto del allanamiento y la incautación es encontrar documentos, registros, bienes u otros, que puedan corroborar información con que cuenta la fiscalía.

Asimismo por el lado de la incautación esta tiene dos formas:

  1. Incautación instrumental.- Es la incautación de un bien para fines de investigación, se procede con conseguir la información vinculada al bien y una vez concluida esta acción, se efectúa la devolución del bien.
  2. Incautación cautelar.- Se realiza cuando el bien incautado es de procedencia ilícita.

 

El Equipo Especial, siempre como autorización judicial, emplea este medio de búsqueda de pruebas.

La experiencia procesal, da cuenta que el mecanismo da buenos resultados, en tanto en todos los casos en los que se ha utilizado, se ha podido encontrar elementos que fortalecen la investigación, ya se para acreditar el hecho que es objeto de investigación o para cuestionar alguna aseveración de los afectados con la medida.

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