Disposición de la Fiscalía de la Nación Referencia: Con fecha 17.12.2010, el doctor EDWARD DAVID VILLA LÓPEZ, decano del Colegio de Abogados de Tacna, interpuso denuncia en contra del doctor AUGUSTO MOISÈS TAMAYO PINTO BAZURGO, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de Tacna, por la presunta comisión del delito de Peculado de Uso. Por Disposición Nº 231-2011-MP-FN-F.SUPR.C.I del 24.02.2011 (fs. 99/104), la Fiscalía Suprema de Control Interno dispuso abrir Investigación Preliminar, contra el referido Fiscal Superior, por la presunta comisiòn del delito de Peculado de Uso; disponiendo la actuación de diversas diligencias tendientes al esclarecimiento de los hechos materia de incriminación. |
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| Resolución FN Nº 419-2010-MP-FN
Declaran fundada la denuncia por prevaricato contra Juez que revocó un mandato de detención sustentando su fallo en una nueva evaluación de los elementos de juicio actuados durante la investigación preliminar y en las declaraciones de los propios procesados, lo cual no pueden ser calificados de “nuevos actos de investigación”, contraviniendo de esta manera el Art. 135 y 143 del Código Procesal Penal.
PREVARICATO |
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| Resolución Nº 299-2010-MP-FN
Procede denuncia por prevaricato contra Juez que declara fundada una demanda de Hábeas Corpus, sin tener en cuenta que el mandato de detención no había quedado firme, contraviniendo el segundo párrafo del artículo 4º del Código Procesal Constitucional.
PREVARICATO. |
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| Resolución FN Nº 298-2010-MP-FN
Declaran fundada la denuncia por prevaricato contra Juez que afirmó en una resolución judicial la existencia de una resolución administrativa que fijaba un horario para la entrega de depósitos judiciales, cuando en realidad dicha resolución no existe.
PREVARICATO |
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| Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 243-2010-MP-FN
Referencia: “… la aplicación del principio del ne bis in idem, requiere la concurrencia de la identidad de hecho, sujeto y fundamento, y que entre las sanciones administrativas y penales, no se produce tal identidad de fundamento por implicar la afectación de bienes e intereses jurídicos distintos que determinan responsabilidades independientes, se concluye que la existencia de una sanción administrativa, como la impuesta al investigado (...) no impide la investigación, procesamiento y eventual sanción penal por la comisión de delito, como también se desprende del contenido del artículo 243º de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General-”. |
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Resolución FN Nº 1517-2009-MP-FN 1. Declaran fundada denuncia contra Fiscal Provincial de Prevención del Delito por presunta comisión del delito de Omisión de Denuncia, al quebrar el deber especial de comunicación que, en razón de su condición funcional, le asigna expresamente el Art. 11 del ROF de las Fiscalías Especiales de Prevención del Delito, soslayando las evidencias concretas del accionar delictivo de un grupo de personas.
2. Declaran fundada denuncia contra Fiscal Provincial de Prevención del Delito por presunta comisión del delito de encubrimiento personal, porque al omitir comunicar al Fiscal Penal competente la comisión de unos delitos, sustrajo de la persecusión penal a aquellos que podían ser considerados como presuntos responsables de dichos delitos. OMISIÓN DE DENUNCIA
ENCUBRIMIENTO PERSONAL |
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Resolución FN Nº 1516-2009-MP-FN
1. Declaran fundada denuncia contra Magistrado por presunta comisión de delito de Prevaricato por haber concedido la libertad provisional de un procesado basándose en un hecho falso, como es que el citado procesado se presenta en forma voluntaria, cuando en realidad fue capturado por la policía.
2. Declaran fundada denuncia contra Magistrado por existir indicios que permiten presumir que habría negociado la libertad provisional de un procesado a cambio del nombramiento de un pariente como Director Regional de Pesquería. PREVARICATO
CORRUPCIÓN DE MAGISTRADO |
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Resolución Nº 1477-2009-MP-FN 1) Declaran fundada denuncia contra Juez que admitió a trámite la solicitud de semilibertad sin tener en cuenta que su juzgado no conoció del proceso, contraviniendo el primer párrafo del art. 5º del Código de Ejecucción Penal.
2) Declaran fundada denuncia contra Juez que concedió una semilibertad sin tener en cuenta el plazo específico del iniso b) del Art. 4º de la ley Nº 27770, cuya aplicación se rige por el principio Tempu Regis Actum. (Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1477-2009-MP-FN) PREVARICATO |
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| Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 041-2010-MP-FN
Referencia: Declaran FUNDADA denuncia contra Juez del Segundo Juzgado Especializado en lo Civil de Cajamarca, por la presunta comisión del delito de Prevaricato, al supuestamente haber contravenido las disposiciones de la Ley Nº 27796, cuya constitucionalidad había sido declarada por el Tribunal Constitucional en un precedente vinculante, así como haber contravenido el texto expreso del artículo VI del Código Procesal Constitucional y de la Primera Disposición Final, que establecen la vinculación de los jueces a la interpretación que de las normas haga el Tribunal Constitucional. |
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