LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO
PÚBLICO
Decreto Legislativo Nº 052
El Ministerio Público es el organismo
autónomo del Estado que tiene como
funciones la defensa de la legalidad, los
derechos ciudadanos y los intereses públicos;
la representación de la sociedad en
juicio para los efectos de defender a la familia,
a los menores e incapaces y el interés
social, así como velar por la moral
pública, la persecución del
delito y la reparación civil. También
velará por la prevención delito
dentro de las limitaciones que resulten de
la presente Ley y por la independencia de
los órganos judiciales y la recta administración
de la justicia y las demás que le señalan
la Constitución Política del
Perú y el ordenamiento jurídico
de la Nación.
LEY DE ORGANIZACIÓN
Y FUNCIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA
E INFORMÁTICA
Decreto Legislativo Nº 604
Los Sistemas Nacionales de Estadística
e Informática tienen por finalidad
asegurar en sus respectivos campos que sus
actividades se desarrollen en forma integrada,
coordinada, racionalizada y bajo una normatividad
técnica común, contando para
ello con autonomía técnica y
de gestión.
|