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09 de Septiembre del 2010

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CONASEC
Convocatoria Nº 001-2009-CNM
Convocatoria Nº 002-2009-CNM
SISTEMA REGIONAL
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Ley Orgánica del Ministerio Público y Visión
Presentación
Introducción
Sistema Nacional de Fiscales
Carga Laboral
  Carga Laboral Fiscalías Especiales
Instituto de Medicina Legal
Operativos de Prevención y Delitos Específicos
Estadísticas Complementarias
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LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO PÚBLICO
Decreto Legislativo N°052

Articulo 1° El Ministerio Público es el organismo autónomo del Estado que tiene como funciones la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses público, la representación de la sociedad en juicio para los defectos de defender a la familia, a los menores e incapaces y el interés social, asi como velar por la moral pública, la persecución del delito y la reparación civil. También velará por la prevención delito dentro de las limitaciones que resulten de la presente Ley y por la independencia de los órganos judiciales y la recta administración de la justicia y las demás que le señalan la Constitución Política del Perú y el ordenamiento jurídico de la Nación

VISIÓN

Un Ministerio Público moderno y eficiente, integrado efectivamente al Sistema de Adminitración de Justicia, con una racional organización, con fisclaes y funcionarios calificados y probos, con procedimientos sencillos que aseguren transparencia, dinamismo y eficacia en el accionar fiscal y médico legal, inspirando todo ello, confianza y respeto en la sociedad, como resultado del adecuado y oportuno cumplimiento de las funciones encomendadas.

 

Doctora
NELLY CALDERÓN NAVARRO
Fiscal de la Nación
Doctor
RAÚL RIVERA BUSTAMANTE
Gerente General

 

 
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